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RESOLUCION de 8 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se acuerda no someter a procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto para el aprovechamiento de piedra caliza en una antigua cantera, en el término municipal de Torralba de Aragón (Huesca), promovido por Proyectos y Obras del Ebro, S. A.

Publicado el 25/06/2007 (Nº 75)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

RESOLUCION de 8 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se acuerda no someter a procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto para el aprovechamiento de piedra caliza en una antigua cantera, en el término municipal de Torralba de Aragón (Huesca), promovido por Proyectos y Obras del Ebro, S. A.

Proyectos y Obras del Ebro, S. A. ha presentado, en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, el Documento Ambiental con la acreditación de las características, ubicación y potencial impacto del proyecto para el aprovechamiento de piedra caliza en una antigua cantera, en el término municipal de Torralba de Aragón (Huesca).

Este proyecto se encuentra entre los contemplados en el Anexo III de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.2 de la mencionada Ley, se evalua y determina la necesidad o no de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

De acuerdo con las normas de procedimiento, se lleva a cabo el trámite de consultas, para lo que se remite un ejemplar de la documentación a las siguientes administraciones, entidades, organismos y asociaciones:

-Ayuntamiento. de Torralba de Aragón.

-Sociedad Española de Ornitología.

-Comarca de los Monegros.

-Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo.

-Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca.

-Dirección General de Patrimonio Cultural.

-Ecologistas en Acción.

Se pronuncian el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Huesca y el Servicio Provincial de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural.

Considerando el contenido de la documentación presentada por el promotor, de acuerdo con los criterios del anexo IV de la Ley 7/2006 para determinar la posible significación de las repercusiones del proyecto sobre el medio ambiente y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

1.-Características del proyecto

Se pretende el aprovechamiento de 2.500 a 3.000 m3 de bolos de rechazo de piedra caliza, de una antigua cantera, con destino a obra civil. El material se encuentra extraído y acopiado, por lo que no se realizará ninguna actividad de extractiva. Como medidas compensatorias se plantean una adecuación topográfica del terreno, con la finalidad de restituir el relieve inicial y el arreglo del camino agrícola de acceso hasta la cantera.

2.-Ubicación

La antigua cantera se encuentra en el polígono 4, parcela 69, en el término municipal de Torralba de Aragón (Huesca). Está situada en las estribaciones de la Sierra de Alcubierre. La zona presenta vegetación rala que ha ido colonizando el territorio de la cantera tras su abandono.

La actuación se desarrolla en el Lugar de Importancia Comunitaria ES24100764 «Sierras de Alcubierre y Sigena»

No afecta a otros territorios de la Red Natura 2000 en Aragón, a ámbitos de aplicación de Planes de Ordenación de Recursos Naturales o Planes de especie de flora o fauna catalogadas, a montes catalogados de utilidad pública, a vías pecuarias, ni espacios pertenecientes a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Aragón.

3.-Potenciales impactos

La actuación no supondrá una afección a los objetivos de conservación del LIC

Considerando el tamaño del proyecto, su ubicación -en terrenos degradados por antiguas explotaciones extractivas- su naturaleza y objetivos, la magnitud, escasa complejidad y reversibilidad de la mayor parte de los impactos.

Visto el expediente administrativo incoado, la propuesta formulada y los criterios establecidos en el anejo IV de la Ley 7/2006, de 17 de julio de protección ambiental del Gobierno de Aragón, he resuelto:

No someter a procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el proyecto para el aprovechamiento de piedra caliza en antigua cantera, en el T.M. de Torralba de Aragón (Huesca), promovido por Proyectos y Obras del Ebro, S. A.

De acuerdo con las competencias atribuidas al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental en la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, y para el cumplimiento de lo señalado en el artículo 26.3 de la Ley 7/2006, de 17 de julio de protección ambiental del Gobierno de Aragón, la presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, a 8 de junio de 2007

El Director del Instituto Aragonés

de Gestión Ambiental,

CARLOS ONTAÑON CARRERA